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Contralor General exhorta a los diputados salientes de la AN a cumplir con la Ley Anticorrupción

Contraloría General de la República - 15/01/2021 - 01:01PM | Descarga PDF

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   

El Contralor General de la República y presidente del Consejo Moral Republicano, Elvis Amoroso, exhortó a todos los diputados del Poder Legislativo que culminaron su periodo a realizar la Declaración Jurada de Patrimonio ante el Máximo Órgano Contralor.


Amoroso enfatizó que de acuerdo con lo que establece el artículo 23 de la Ley Contra la Corrupción, todos los funcionarios están obligados a realizar esta declaración. “Hago un llamado a los diputados salientes: procedan a realizar su Declaración Jurada de Patrimonio por el cese de sus funciones como parlamentarios […]. No vayan a decir que no tuvieron oportunidades y que no se les notificó […]. Aún hay un 95 % de exparlamentarios que no la han hecho”, adelantó, al tiempo que pidió respeto a las normativas que rigen en Venezuela.
El titular de la Contraloría explicó que el no cumplimiento de esta obligación genera una multa de entre 50 y 500 Unidades Tributarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción.


En ese sentido, explicó que es de vital importancia trabajar en la lucha contra la corrupción y contribuir con la transparencia de la Administración Pública Nacional. “El incumplimiento de esta norma traerá consigo multas e inhabilitación para ejercer cargos públicos por un máximo de 15 años, y la suspensión del goce de sueldo por un periodo de 5 años”, recordó.


Instó en esa línea a los nuevos diputados elegidos por el pueblo venezolano el pasado 6 de diciembre de 2020 a cumplir del mismo modo. “Están en la obligación de realizar la Declaración Jurada de Patrimonio de ingreso ante la Contraloría General de la República dentro de los 30 días siguientes a la toma de posición de su cargo, tal como lo establece la Ley Contra la Corrupción.

 


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